SOY PROPIETARIO EN UNA COMUNIDAD, ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?

31.05.2022

 

Desde el momento en el cual se adquiere una vivienda dentro una comunidad de propietarios nace la obligación de cumplir con una serie de normas para poder mantener un ambiente de respeto y tranquilidad. Conocerlas es de gran interés pues muchas veces, los conflictos nacen simplemente de la ignorancia.

En este post hablaremos sobre las obligaciones de los vecinos de una comunidad de propietarios según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal:

 Obligaciones de los vecinos de una comunidad de propietarios sobre las instalaciones:

  • La Ley de Propiedad Horizontal estipula que los vecinos deben respetar las instalaciones y zonas comunes de la comunidad ya sean portales, pasillos, piscinas, jardines, garajes, azoteas, etc. Además, estipula que, para el mantenimiento o reparación de las zonas comunes, deben habilitarse la aprobación de derramas, por lo que el mantenimiento y uso adecuado de estos espacios evitará gastos innecesarios para los vecinos.
  • Cada propietario debe mantener en buen estado la vivienda o local pues si se producen daños en la comunidad o en la propiedad de otro vecino por causa del mal estado del local o piso de un propietario, el causante será responsable de subsanar los daños ocasionados.
  • Permitir el paso a la vivienda o local por obras comunes: En caso de ser necesaria una reparación de espacios o elementos comunes, los propietarios tienen la obligación de consentir la entrada a su vivienda a los respectivos peritos o ingenieros, para evaluar el inicio de obras o reparaciones que tengan que ser realizados desde una propiedad. En este sentido, la comunidad de propietarios tiene el deber también de dejar la casa del propietario sin desperfectos por obras y estará obligada a resarcir los daños que se hayan podido producir.

 

Obligaciones de los vecinos de una comunidad de propietarios sobre el bienestar de la convivencia:

  • Los propietarios tienen prohibidos realizar actividades ilícitas que se encuentren reflejados en los Estatutos de la Comunidad de propietarios. Este apartado de obligaciones de los vecinos de una comunidad de propietarios está regulado en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal y de no ser acatada, el propietario puede ser privado de su vivienda por tres años.
  • Los propietarios deben acatar las normas de convivencia que sean aprobadas en las juntas de vecinos y que aparezcan reflejadas en los estatutos de la comunidad, así como las reglas civiles externas, como la normativa sobre ruidos, obras y actividades molestas y resto de ordenanzas municipales.

 

Obligaciones de los vecinos de una comunidad de propietarios sobre la economía de la comunidad:

Una de las obligaciones de los vecinos de una comunidad que más disputas trae a la convivencia es el cumplimiento del régimen económico a pesar de existir las siguientes obligaciones:

  • Los propietarios deben contribuir conforme a su coeficiente de participación, en los gastos comunes derivados del mantenimiento y reparación de los espacios de la comunidad. La no utilización de un servicio no exige de la obligación del pago correspondiente del mismo.
  • Una obligación de los vecinos de una comunidad de propietarios más contundente es la obligación de responder de las deudas acumuladas (hasta cinco años) de la vivienda o local con la Comunidad de Propietarios.
  • Otra de las obligaciones de los vecinos de una comunidad es la de informar al secretario o administrador de fincas sobre la viabilidad de recibir comunicaciones relacionadas a la comunidad por vía telemática o física. Si la administración acuerda en junta e incluye en acta el uso de los medios telemáticos oficiales para realizar notificaciones o envío de documentación, la no aportación de dicha vía por desinterés solo conllevará a empeorar las comunicaciones con los propietarios y la desinformación por parte de aquellos que no faciliten las vías de comunicación propietario - administración.

 

Obligaciones de los vecinos de una comunidad de propietarios sobre la presidencia y la residencia:

  • Un propietario está obligado a ser presidente de la comunidad si así lo decide la junta de propietarios. Un propietario que no pueda ser presidente de la comunidad deberá recibir una sentencia ante un juez para que dictamine el no cumplimiento de este mandado de la comunidad de propietarios
  • Los vecinos de una comunidad de propietarios deben informar al administrador de fincas el cambio de titularidad de la vivienda, facilitando los datos del nuevo propietario.

Si tienes alguna pregunta o duda sobre este tema, no dudes en contactarnos.

 

SI TENGO UN LOCAL, ¿QUÉ GASTOS DE COMUNIDAD DEBO PAGAR?

15.03.2022 

 

Una pregunta habitual entre los propietarios de un local integrado en una comunidad de propietarios. Las dudas sobre qué gastos están obligadas a pagar, y en concreto acerca de las derramas, aprobadas para realizar reformas que en nada afectan a su local, son cuestiones recurrentes que plantean a MAGHER COMUNIDADES. Así pues, revisemos el caso:

 

Lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal

La Ley de la Propiedad Horizontal obliga, según el artículo 9 apartado e), al pago de los gastos generales del edificio según la cuota de participación que cada vecino tenga y que viene fijada en la escritura de constitución de la comunidad.

Es decir, según Ley, los propietarios tienen que contribuir con todos los gastos, independientemente de que sean titulares de local y/o de vivienda y de que hagan uso o no de los elementos comunes.

 

Otra opción

Sin embargo, es habitual observar en la escritura de constitución de la comunidad, en los estatutos o en actas de la comunidad de la existía de una exoneración de ciertos gastos a los propietarios de los locales que compongan la comunidad. Esta decisión viene precedida precisamente por la no utilización de esas zonas comunes y que ningún beneficio le van a reportar.

 

Veamos diferentes situaciones que puede ocurrir a un mismo propietario de local en su comunidad:

  1. La comunidad de propietarios exige al propietario del local que se encuentra en la planta baja sin acceso al portal el pago de una derrama para el cambio de la puerta de entrada al edificio.

Ante esta situación dicho propietario deberá acudir al título constitutivo de la comunidad, a los estatutos o bien a las actas, para saber si existe acuerdo de exoneración de tales gastos para los propietarios de los locales. En caso contrario, deberá asumir tal gasto, puesto que como vemos, la ley y la jurisprudencia así lo disponen.

  1. Ese mismo propietario, no quiere hacer frente a los pagos de reparación y pintura de fachada del edificio, al pago de seguro de la comunidad.

Pues bien, en este caso, dicho propietario tendrá que hacer frente a dichos gastos pues estos últimos corresponden a gastos ordinarios (gastos de mantenimiento del edificio), siendo de obligado cumplimiento por los propietarios el mantenimiento de la fachada y la contratación de un seguro por parte de la comunidad

 

Si te encuentras en una situación igual y no sabes como proceder, ¡contacta con nosotros!

 

 

 

COMIENZO DE AÑO

25.01.2022 

 

En este comienzo de año 2022 Magher Comunidades-Administraciones ha querido echar una mirada atrás en otro año marcado por las restricciones de la pandemia de COVID-19 y hacer recuento de todo lo que hemos conseguido para nuestros clientes.

  • Aceptaciones de proyectos de Rehabilitación de Vivienda (ARRU).
  • Diversas ayudas concedidas a las comunidades. 
  • Diversos permisos concedidos a las comunidades para realizar obras de mejora.
  • Mayor compromiso por parte de los propietarios para el saneamiento de la contabilidad de la comunidad.
  • Diversas firmas de contratos para mejorar las tarifas eléctricas de las comunidades conllevando a una reducción de costes.
  • Mejora de contratos por parte de empresas de servicios (tales como limpieza, seguros, etc.), lo que ha conllevado a una reducción de costes mensual para la comunidad.
  • Reducción de costes para la comunidad derivados del uso de papel en entrega de documentación física, siendo entregada dicha documentación y avisos de relevancia al correo electrónico de cada propietario.

 

Con este nuevo año que comienza, se ha realizado una serie de modificaciones en la empresa para mejorar el servicio que ofrecemos a nuestros cliente y las cuales se basan en:

  • Refuerzo de las comunicaciones con los propietarios vía correo electrónico.
  • Refuerzo en las llamadas telefónicas, coordinando las llamadas recibidas a través de la centralita para que nuestros clientes se dirijan de forma directa a la extención correcta para atender sus peticiones.
  • Mejora de la página web, comenzando a ofrecer a los clientes que visiten nuestra página web noticias de actualidad relacionadas con las comunidades de propietarios y de los cambios que sean relevantes en la legislación.
  • Ampliamos lazos empresariales con otras empresas del sector para brindarle a nuestros clientes una mayor velocidad de respuesta a los problemas de la comunidad.

  

Un nuevo año lleno de ilusión en el que mejoramos para todos nuestros clientes, brindándoles las soluciones que necesitan.